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Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)

Todas las personas con discapacidad tienen derecho a vivir libres de discriminación y a participar plenamente en la sociedad. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Americans with Disabilities Act, ADA) es la principal ley federal de derechos civiles de EE. UU. que protege a las personas con discapacidad de la discriminación. Esta página pone en el centro los conocimientos de las personas con discapacidad y se basa en la organización liderada por personas con discapacidad a nivel global, con especial atención a cómo las personas con discapacidad han usado, moldeado y luchado por fortalecer la ADA desde 1990.


La ADA representa una de las leyes de derechos civiles para personas con discapacidad más completas del mundo, aprobada tras décadas de organización y activismo de las personas con discapacidad. La ley surgió directamente del movimiento por los derechos de las personas con discapacidad, incluida la sentada de la Sección 504 de 1977 y el Capitol Crawl (gateo del Capitolio) de 1990, donde activistas con discapacidad literalmente subieron gateando las escaleras del Capitolio de EE. UU. para exigir la aprobación de la ADA.

La ADA afecta casi todos los aspectos de la vida de las personas con discapacidad en Estados Unidos: el empleo, los servicios públicos, el transporte, las telecomunicaciones y el acceso a los negocios y los espacios públicos. Entender la ADA es esencial para que las personas con discapacidad hagan valer sus derechos, para las personas defensoras que apoyan a las personas con discapacidad y para cualquiera responsable de garantizar el cumplimiento.

Sin embargo, la ADA tiene limitaciones significativas. No garantiza atención médica, apoyo económico ni vivienda. Exige “adaptaciones razonables”, pero permite negarlas si crean una “dificultad excesiva” (undue hardship). El cumplimiento depende en gran medida de las denuncias y demandas individuales, lo que recae la carga sobre las personas con discapacidad para hacer valer sus derechos. La ADA tampoco protege por igual a las personas con todos los tipos de discapacidad, en particular a quienes tienen discapacidades psiquiátricas, discapacidades intelectuales o a quienes consumen sustancias.

Las personas con discapacidad continúan organizándose para fortalecer la implementación de la ADA, ampliar su cobertura y abordar los vacíos de la ley. Organizaciones como ADAPT, el National Council on Independent Living y la Autistic Self Advocacy Network han liderado campañas por un mejor cumplimiento, protecciones más amplias y un cambio sistémico que vaya más allá de lo que la ADA puede lograr por sí sola.


La ADA está organizada en cinco secciones principales, llamadas “títulos”, cada una cubriendo distintas áreas de la vida:

Título I: Empleo

Prohíbe la discriminación laboral contra personas con discapacidad calificadas. Los empleadores con 15 o más empleados deben proporcionar adaptaciones razonables a menos que hacerlo cause una dificultad excesiva (undue hardship). Esto incluye empleadores privados, gobiernos estatales y locales, agencias de empleo y sindicatos.

Las protecciones clave incluyen el derecho a solicitar adaptaciones durante la contratación, el derecho a modificaciones razonables para desempeñar las funciones del trabajo, la protección contra el acoso por motivo de discapacidad y la prohibición de consultas médicas antes de que se haga una oferta de trabajo. Los empleados y solicitantes de empleo con discapacidad se han organizado ampliamente en torno al Título I, documentando patrones de discriminación y luchando por un cumplimiento más estricto a través de organizaciones como la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (Equal Employment Opportunity Commission, EEOC).

Título II: Servicios de los gobiernos estatales y locales

Exige que los gobiernos estatales y locales hagan accesibles todos los programas, servicios y actividades para las personas con discapacidad. Esto incluye escuelas públicas, universidades, tribunales, votación, reuniones públicas, programas recreativos, servicios sociales y servicios de emergencia. El Título II también cubre los sistemas de transporte público operados por gobiernos estatales y locales.

La decisión Olmstead (1999) interpretó que el Título II exige que los estados presten servicios en el entorno más integrado que sea apropiado, lo que llevó a una organización continua de las personas con discapacidad para cerrar instituciones y ampliar los servicios basados en la comunidad. Organizaciones como ADAPT han realizado acciones de desobediencia civil durante décadas exigiendo el cumplimiento de Olmstead y el derecho a vivir en la comunidad.

Título III: Lugares de acceso público

Prohíbe la discriminación por parte de negocios privados y organizaciones sin fines de lucro que sirven al público. Esto incluye restaurantes, hoteles, teatros, tiendas, bancos, instalaciones de atención médica, gimnasios, estadios, museos, escuelas privadas y guarderías. Las construcciones nuevas deben ser accesibles, y las instalaciones existentes deben eliminar las barreras donde sea “fácilmente realizable” (readily achievable).

El Título III ha sido objeto de extensos litigios en torno a la accesibilidad web, con personas con discapacidad y organizaciones de defensa presentando miles de demandas para garantizar que los sitios web y las aplicaciones sean accesibles. Organizaciones como la National Federation of the Blind y la National Association of the Deaf han liderado campañas por la accesibilidad digital bajo el Título III.

Título IV: Telecomunicaciones

Exige que las compañías de teléfono e internet proporcionen servicios de retransmisión de telecomunicaciones para personas sordas, con dificultades auditivas, sordociegas o con discapacidades del habla. Esto incluye teléfonos de texto (TTY), servicios de retransmisión por video (VRS) y servicios de telefonía con subtítulos.

Organizaciones lideradas por personas sordas como la National Association of the Deaf lucharon por el Título IV y continúan abogando en torno a él, asegurando que los avances en telecomunicaciones incluyan funciones de accesibilidad en lugar de dejar atrás a las personas sordas y con dificultades auditivas.

Título V: Disposiciones misceláneas

Incluye disposiciones sobre la relación entre la ADA y otras leyes, las prácticas de seguros, las protecciones contra represalias y los honorarios de abogados. En particular, el Título V aclara que la ADA no se aplica a clubes privados ni a organizaciones religiosas, e incluye exclusiones específicas que se analizan más abajo.

La ADA protege a las “personas con discapacidad calificadas”. Para estar protegida, una persona debe tener:

  • Un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades importantes de la vida (como caminar, ver, oír, hablar, respirar, aprender, trabajar, cuidar de sí mismo o realizar tareas manuales), O
  • Un registro de tal impedimento (por ejemplo, una persona que tuvo cáncer pero ahora está en remisión), O
  • Ser considerada como una persona que tiene tal impedimento (por ejemplo, alguien que es discriminado porque se percibe que tiene una discapacidad, la tenga o no en realidad)

La Ley de Enmiendas a la ADA de 2008 (ADA Amendments Act, ADAAA) amplió la definición de discapacidad después de que los tribunales la interpretaran de forma demasiado estrecha. La ADAAA aclaró que “limita sustancialmente” debe interpretarse de forma amplia, que las medidas paliativas (como medicamentos o dispositivos de asistencia) generalmente no deben considerarse al determinar si alguien tiene una discapacidad, y que los impedimentos episódicos o en remisión pueden ser discapacidades si limitarían sustancialmente una actividad importante de la vida cuando están activos.

Las personas con discapacidad lucharon por estas enmiendas tras años de perder casos porque los tribunales definían la discapacidad de forma demasiado restrictiva. El National Council on Disability, el Consortium for Citizens with Disabilities y otras organizaciones lideradas por personas con discapacidad abogaron ampliamente por la ADAAA.

La ADA excluye específicamente ciertas condiciones de la cobertura:

  • El consumo actual de drogas ilegales (aunque las personas en recuperación o que han completado la rehabilitación están protegidas)
  • Homosexualidad y bisexualidad — el estatuto dice que estas “no son impedimentos y, como tales, no son discapacidades”. Esto significa que la ADA no trata el ser lesbiana, gay o bisexual como una discapacidad (no lo patologiza) — no despoja a las personas LGB de protección. Las personas LGBTQ+ que tienen una discapacidad están plenamente protegidas por la ADA por esa discapacidad.
  • “Trastornos de la identidad de género que no resultan de impedimentos físicos” y el travestismo/transexualismo — aunque los tribunales cada vez más han sostenido que la disforia de género puede calificar como una discapacidad bajo la ADA (por ejemplo, Williams v. Kincaid, 4.º Circuito, 2022)
  • Juego compulsivo, cleptomanía, piromanía y ciertos trastornos del comportamiento sexual
  • Trastornos por consumo de sustancias psicoactivas que resultan del consumo actual de drogas ilegales

Algunas de estas exclusiones (especialmente en torno al consumo de sustancias y el sexo) han sido criticadas por las personas defensoras de la justicia para las personas con discapacidad por reflejar estigma en lugar de una política legítima, y la organización continúa para lograr protecciones más amplias.


Bajo el Título I (empleo), los empleadores deben proporcionar “adaptaciones razonables” a los empleados o solicitantes con discapacidad calificados a menos que hacerlo cree una “dificultad excesiva” (undue hardship). Una adaptación es cualquier cambio en el proceso de solicitud, el entorno de trabajo o las circunstancias en las que se realiza un trabajo que permita a una persona con discapacidad calificada desempeñar las funciones esenciales de un puesto.

Ejemplos de adaptaciones razonables incluyen:

  • Horarios de trabajo modificados o trabajo a tiempo parcial
  • Reasignación a un puesto vacante
  • Adquisición o modificación de equipos o dispositivos
  • Ajuste de políticas, como permitir un animal de servicio en el lugar de trabajo
  • Proporcionar lectores o intérpretes
  • Hacer el lugar de trabajo físicamente accesible
  • Proporcionar estacionamiento reservado
  • Permitir el trabajo remoto o el teletrabajo

Se supone que el proceso de adaptación es interactivo: el empleado o solicitante solicita una adaptación, y el empleador entabla un diálogo de buena fe para identificar adaptaciones eficaces. En la práctica, las personas trabajadoras con discapacidad informan que muchos empleadores se resisten a proporcionar adaptaciones, alegan dificultad excesiva de forma indebida o toman represalias contra quienes solicitan adaptaciones.

Organizaciones como la Job Accommodation Network (JAN), financiada por el Departamento de Trabajo de EE. UU., brindan consultas gratuitas sobre adaptaciones. Las personas trabajadoras con discapacidad también se han organizado a través de sindicatos, centros de trabajadores y organizaciones de defensa para documentar las negaciones de adaptaciones y luchar por un cumplimiento más estricto.

Un empleador puede negar una adaptación si causaría una “dificultad excesiva” (undue hardship): una dificultad o un gasto significativos en relación con el tamaño, los recursos y la naturaleza de las operaciones del empleador. Lo que constituye una dificultad excesiva se determina caso por caso.

De manera crítica, los empleadores no pueden alegar dificultad excesiva basándose en preocupaciones sobre lo que puedan pensar los clientes o compañeros de trabajo. Tampoco pueden alegar dificultad excesiva porque tendrían que proporcionar la misma adaptación a otros empleados; si varios empleados necesitan la misma adaptación, eso fortalece en lugar de debilitar el argumento para proporcionarla.

Las personas trabajadoras con discapacidad y las personas defensoras han documentado que los empleadores con frecuencia alegan dificultad excesiva de forma indebida, en particular para adaptaciones de bajo costo o sin costo. La investigación de la Job Accommodation Network ha encontrado que la mayoría de las adaptaciones no cuestan nada o muy poco, y aun así los empleadores a menudo se resisten a proporcionarlas.

Eliminación de barreras fácilmente realizable

Sección titulada «Eliminación de barreras fácilmente realizable»

Bajo el Título III, los negocios deben eliminar las barreras arquitectónicas en las instalaciones existentes donde sea “fácilmente realizable” (readily achievable), es decir, fácil de lograr sin mucha dificultad ni gasto. Lo que es fácilmente realizable depende de los recursos del negocio.

Los ejemplos incluyen:

  • Instalar rampas
  • Hacer rebajes en los bordillos de las aceras
  • Ensanchar las puertas
  • Instalar barras de apoyo en los baños
  • Reorganizar el mobiliario
  • Proporcionar estacionamiento accesible
  • Instalar herrajes de puerta accesibles

Si la eliminación de barreras no es fácilmente realizable, los negocios deben proporcionar bienes y servicios mediante métodos alternativos si es fácilmente realizable (como ofrecer servicio en la acera o entrega a domicilio).

Las personas con discapacidad han documentado un incumplimiento generalizado de los requisitos de eliminación de barreras, en particular entre los pequeños negocios. Organizaciones como el Disability Rights Education & Defense Fund (DREDF) han presentado demandas para hacer cumplir estos requisitos, al tiempo que abogan por un cumplimiento proactivo en lugar de un cumplimiento impulsado por las denuncias.

Las entidades cubiertas deben proporcionar “ayudas y servicios auxiliares” para garantizar la comunicación eficaz con las personas que tienen discapacidades de la vista, la audición o el habla, a menos que hacerlo resulte en una carga onerosa (undue burden) o una alteración fundamental.

Los ejemplos incluyen:

  • Intérpretes calificados de lengua de señas
  • Subtitulado en tiempo real (CART)
  • Materiales escritos en formatos accesibles (letra grande, braille, formatos electrónicos)
  • Sistemas de asistencia auditiva
  • Interpretación remota por video
  • Tomadores de notas
  • Lectores

El tipo de ayuda o servicio auxiliar debe determinarse en consulta con la persona con discapacidad; su preferencia debe recibir consideración primaria. Por ejemplo, a una persona sorda que solicita un intérprete de lengua de señas no se le pueden dar solo notas escritas en su lugar, a menos que proporcionar un intérprete fuera una carga onerosa.

Organizaciones como la National Association of the Deaf y el American Council of the Blind han luchado ampliamente por el cumplimiento de los requisitos de comunicación eficaz, en particular en la atención médica, los entornos legales y las situaciones de emergencia donde la comunicación es crítica.

El Título II exige que los programas de los gobiernos estatales y locales sean accesibles en su totalidad cuando se consideran en su conjunto. Esto no significa necesariamente que todos los edificios deban ser físicamente accesibles, pero los programas deben ser accesibles mediante medidas como:

  • Reubicar los programas en instalaciones accesibles
  • Prestar servicios en sitios alternativos accesibles
  • Prestar servicios en el hogar
  • Hacer modificaciones físicas en las instalaciones
  • Usar métodos alternativos de prestación de servicios

La accesibilidad de los programas también significa que los gobiernos no pueden segregar a las personas con discapacidad ni exigirles que acepten servicios o prestaciones especiales. Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en los programas generales y no se les puede exigir que usen programas separados, “solo para personas con discapacidad”, a menos que opten por hacerlo.

Las personas con discapacidad se han organizado ampliamente en torno a la accesibilidad de los programas, en particular en lo que respecta al derecho a los servicios basados en la comunidad en lugar de la institucionalización. La decisión Olmstead reconoció que la segregación injustificada de las personas con discapacidad en instituciones es discriminación bajo la ADA.

Las construcciones nuevas y las modificaciones a edificios existentes deben cumplir con normas de accesibilidad específicas:

  • Construcción nueva: Debe ser fácilmente accesible y utilizable por personas con discapacidad, siguiendo las Normas de la ADA para el Diseño Accesible
  • Modificaciones: Cuando se modifica una instalación, las partes modificadas deben ser accesibles en la máxima medida posible, y las modificaciones que afecten áreas de “función primaria” también deben incluir rutas de acceso accesibles al área modificada

Las Normas de la ADA para el Diseño Accesible proporcionan requisitos técnicos detallados para elementos como rampas, ascensores, puertas, estacionamiento, baños, señalización y alarmas. Estas normas se desarrollaron con aportes de las personas con discapacidad y de organizaciones de personas con discapacidad, aunque las personas defensoras continúan presionando por normas más estrictas y un mejor cumplimiento.

Organizaciones como la American Association of People with Disabilities y los grupos locales de derechos de las personas con discapacidad supervisan las construcciones nuevas y las modificaciones, presentando denuncias cuando no se cumplen los requisitos de accesibilidad.


Actualización de 2024: Accesibilidad de sitios web y aplicaciones móviles (Título II)

Sección titulada «Actualización de 2024: Accesibilidad de sitios web y aplicaciones móviles (Título II)»

En abril de 2024, el Departamento de Justicia de EE. UU. emitió una norma final que exige a los gobiernos estatales y locales hacer accesibles sus sitios web y aplicaciones móviles bajo la norma WCAG 2.1 Nivel AA.

Qué cubre: Los sitios web del gobierno, el contenido web y las aplicaciones móviles, incluidos los servicios prestados a través de terceros (por ejemplo, el proveedor de pagos en línea de un condado).

Plazos de cumplimiento:

  • 24 de abril de 2026 — gobiernos que sirven a una población de 50,000 o más
  • 26 de abril de 2027 — gobiernos que sirven a menos de 50,000 y gobiernos de distritos especiales

Por qué importa: Si no puedes acceder a un servicio público en línea —pagar una factura de servicios, solicitar prestaciones, ver agendas de reuniones— porque el sitio no es compatible con lectores de pantalla o carece de subtítulos, esta norma ahora le da un estándar legal claro. Las denuncias se presentan ante la División de Derechos Civiles del DOJ (y, para muchos programas, la agencia federal de financiamiento correspondiente bajo la Sección 504).

Fuente: https://www.ada.gov/resources/2024-03-08-web-rule/

Distintas agencias federales hacen cumplir distintas partes de la ADA:

  • Título I (Empleo): Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC)
  • Título II (Gobiernos estatales y locales): Departamento de Justicia de EE. UU., División de Derechos Civiles; agencias federales individuales para los programas que reciben fondos federales
  • Título III (Lugares de acceso público): Departamento de Justicia de EE. UU., División de Derechos Civiles
  • Título IV (Telecomunicaciones): Comisión Federal de Comunicaciones (FCC)

Estas agencias pueden investigar denuncias, emitir regulaciones y orientación, realizar revisiones de cumplimiento y presentar demandas. Sin embargo, el cumplimiento se impulsa principalmente por denuncias; las agencias normalmente no realizan investigaciones proactivas a menos que reciban denuncias.

Las personas con discapacidad y las organizaciones de personas con discapacidad han documentado de forma constante que el cumplimiento federal es inadecuado. Las agencias tienen falta de personal y de financiamiento, las investigaciones son lentas y muchas infracciones quedan sin atender. Como resultado, las personas con discapacidad a menudo deben presentar demandas individuales para hacer valer sus derechos, lo que impone cargas económicas y emocionales significativas a quienes ya han experimentado discriminación.

Por discriminación laboral (Título I):

Presenta un cargo ante la EEOC dentro de los 180 días de la discriminación (300 días en estados con sus propias leyes contra la discriminación). La EEOC investigará y puede mediar, conciliar o presentar una demanda. Si la EEOC no presenta una demanda, recibirás una carta de “derecho a demandar” que te permite presentar tu propia demanda.

Para presentar: Contacta a la EEOC al 1-800-669-4000 (voz) o 1-800-669-6820 (TTY), o visita eeoc.gov.

Por discriminación de un gobierno estatal o local (Título II):

Presenta una denuncia ante el Departamento de Justicia de EE. UU. dentro de los 180 días de la discriminación, o presenta una demanda directamente en un tribunal federal sin presentar primero una denuncia administrativa.

Para presentar ante el DOJ: Visita civilrights.justice.gov o llama al 1-800-514-0301 (voz) o 1-800-514-0383 (TTY).

Por discriminación en lugares de acceso público (Título III):

Presenta una denuncia ante el Departamento de Justicia de EE. UU. (sin límite de tiempo, aunque cuanto antes mejor), o presenta una demanda directamente en un tribunal federal.

Ten en cuenta que las personas no pueden recibir indemnización económica bajo el Título III, solo medidas cautelares (que exigen al negocio cumplir) y honorarios de abogados. Algunos estados tienen leyes que permiten indemnización económica por discriminación por discapacidad por parte de negocios.

Las personas con discapacidad pueden presentar demandas directamente en un tribunal federal para hacer cumplir la ADA. Si tienen éxito, los remedios pueden incluir:

  • Medidas cautelares (orden judicial que exige el cumplimiento)
  • Pagos retroactivos e indemnización por pérdidas económicas (casos de empleo)
  • Daños compensatorios en casos de empleo (Título I) y de servicios gubernamentales (Título II); los daños punitivos están disponibles en casos de empleo, pero NO contra entidades gubernamentales (Barnes v. Gorman). Los casos de lugares de acceso público (Título III) generalmente permiten medidas cautelares y honorarios de abogados, no indemnización económica para las personas
  • Honorarios y costos de abogados

Muchas personas con discapacidad no pueden costear la contratación de abogados, lo que crea una barrera significativa para el cumplimiento. Algunas organizaciones de derechos de las personas con discapacidad brindan representación legal gratuita, y los abogados pueden aceptar casos por contingencia (cobrando solo si ganan) o buscar honorarios de abogados de la parte demandada si tienen éxito.

Las personas con discapacidad han presentado decenas de miles de demandas bajo la ADA desde 1990, en particular en torno a la accesibilidad web, la accesibilidad física de los negocios y la discriminación laboral. Estas demandas han sido esenciales para el cumplimiento de la ADA dada la insuficiencia de recursos de las agencias federales, pero también imponen la carga sobre las personas con discapacidad de hacer valer sus propios derechos.

La ADA prohíbe las represalias contra cualquier persona que:

  • Presente un cargo de discriminación
  • Participe en una investigación, procedimiento o audiencia
  • Se oponga a la discriminación
  • Solicite una adaptación

Las represalias pueden incluir el despido, la degradación, el acoso o cualquier acción que disuadiría a una persona razonable de hacer valer sus derechos. Las personas con discapacidad informan que las represalias son comunes, en particular en entornos laborales, y que probar las represalias puede ser difícil incluso cuando ocurren.


Establece protecciones claras de derechos civiles: La ADA reconoce la discriminación por discapacidad como una violación de los derechos civiles, no como un asunto de caridad o buena voluntad. Esto cambió la conversación de lo que las personas con discapacidad “necesitan” a lo que las personas con discapacidad tienen derecho a exigir.

Proporciona normas exigibles: La ADA incluye requisitos específicos y exigibles de accesibilidad en el empleo, los servicios públicos y los lugares de acceso público. Esto da a las personas con discapacidad y a las personas defensoras normas concretas a las que apelar y mecanismos legales para hacerlas cumplir.

Cubre muchas áreas de la vida: El amplio alcance de la ADA significa que las personas con discapacidad tienen algunas protecciones en el empleo, los servicios gubernamentales, los negocios y las telecomunicaciones, más completas que muchas otras leyes de derechos civiles.

Se ha fortalecido con el tiempo: Enmiendas como la ADAAA y decisiones judiciales como Olmstead han ampliado el alcance y las protecciones de la ADA, en gran parte porque las personas con discapacidad se organizaron para exigir estas mejoras.

No garantiza la seguridad económica: La ADA no proporciona apoyo económico, seguro médico ni vivienda. Las personas con discapacidad pueden tener el derecho a trabajar pero carecer de acceso a empleos, prestaciones o estabilidad económica.

Depende del cumplimiento individual: La ADA se hace cumplir principalmente a través de denuncias y demandas individuales, lo que recae la carga sobre las personas con discapacidad que ya han experimentado discriminación. Las agencias federales carecen de recursos para el cumplimiento proactivo, y muchas infracciones quedan sin atender porque las personas con discapacidad no pueden costear demandas o temen represalias.

Incluye algunas exclusiones criticadas: La ADA excluye a las personas que actualmente consumen drogas ilegales (las personas en recuperación están protegidas) y varias condiciones específicas como el juego compulsivo y ciertos trastornos del comportamiento sexual. El estatuto también dice que la homosexualidad y la bisexualidad “no son impedimentos” —es decir, no las trata como discapacidades— y excluye los “trastornos de la identidad de género que no resultan de impedimentos físicos”. Ten en cuenta, sin embargo, que las personas LGBTQ+ con una discapacidad siguen estando protegidas por esa discapacidad, y los tribunales cada vez más reconocen la disforia de género como una discapacidad bajo la ADA. Las personas defensoras de la justicia para las personas con discapacidad continúan criticando las exclusiones por consumo de sustancias y comportamiento sexual por reflejar estigma.

Permite las defensas de “dificultad excesiva” y “fácilmente realizable”: Estas normas dan a las entidades cubiertas un margen significativo para negar adaptaciones o mejoras de accesibilidad, y las personas con discapacidad informan que estas defensas a menudo se alegan de forma indebida.

No aborda las barreras actitudinales: La ADA puede exigir acceso físico y adaptaciones razonables, pero no puede eliminar el capacitismo, el estigma ni los prejuicios inconscientes. Las personas con discapacidad continúan enfrentando discriminación de formas sutiles que son difíciles de probar o abordar legalmente.

Requiere comunicación de la discapacidad y autodefensa: Para beneficiarse de las protecciones de la ADA, las personas con discapacidad a menudo deben comunicar sus discapacidades, solicitar adaptaciones y hacer valer sus derechos, procesos que pueden ser intimidantes, agotadores y arriesgados, en particular para personas con identidades marginadas o empleo precario.

El cumplimiento es inconsistente: Las agencias federales tienen falta de personal, las investigaciones son lentas y los acuerdos a menudo carecen de un monitoreo significativo. Las personas con discapacidad han documentado que muchos negocios y empleadores ignoran la ADA hasta que se les demanda, sabiendo que pocas personas con discapacidad tienen los recursos para hacer valer sus derechos.

Vacíos que la ADA no puede abordar por sí sola

Sección titulada «Vacíos que la ADA no puede abordar por sí sola»

La ADA es una ley de derechos civiles, no una red de seguridad social. No puede:

  • Garantizar atención médica o seguro médico
  • Proporcionar apoyo económico a las personas con discapacidad que no pueden trabajar o no pueden encontrar empleos accesibles
  • Crear vivienda asequible y accesible
  • Financiar servicios de asistencia personal o cuidado de asistentes
  • Abordar la pobreza y la desigualdad económica que afectan de forma desproporcionada a las personas con discapacidad
  • Eliminar la institucionalización o garantizar los servicios basados en la comunidad
  • Proporcionar educación o capacitación laboral
  • Abordar el encarcelamiento masivo de personas con discapacidad

La organización de las personas con discapacidad ha reconocido desde hace mucho que los derechos civiles por sí solos son insuficientes. Organizaciones como ADAPT, el National Council on Independent Living y la Autistic Self Advocacy Network abogan por políticas que vayan más allá de la ADA, incluidas la expansión de Medicaid, los programas de vivienda, el ingreso garantizado y la desinstitucionalización.


Cómo las personas con discapacidad han usado y moldeado la ADA

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Antes de la ADA: Organizarse para su aprobación

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La ADA no surgió de la buena voluntad ni del análisis de políticas; se ganó a través de décadas de activismo de las personas con discapacidad:

  • Sentada de la Sección 504 (1977): Activistas con discapacidad ocuparon edificios federales durante 28 días para exigir el cumplimiento de la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, un precursor de la ADA. Esta acción demostró el poder de las personas con discapacidad y sentó las bases para la ADA.

  • Capitol Crawl (1990): El 12 de marzo de 1990, más de 60 activistas con discapacidad abandonaron sus sillas de ruedas y dispositivos de movilidad para subir gateando las escaleras del Capitolio de EE. UU., exigiendo la aprobación de la ADA. Jennifer Keelan, de ocho años, dijo célebremente: “Me tomaré toda la noche si es necesario”, mientras se impulsaba escalones arriba.

  • Las tácticas confrontativas de ADAPT: American Disabled for Attendant Programs Today (ADAPT) realizó desobediencia civil, bloqueando calles y ocupando oficinas gubernamentales, para exigir la ADA y los servicios basados en la comunidad.

Organizaciones como el Disability Rights Education & Defense Fund (DREDF), el National Council on Independent Living (NCIL) y muchas otras construyeron coaliciones, presionaron al Congreso y movilizaron a las personas con discapacidad en todo el país. La ADA se promulgó como ley el 26 de julio de 1990 porque las personas con discapacidad la exigieron.

Después de la ADA: Luchar por el cumplimiento y la expansión

Sección titulada «Después de la ADA: Luchar por el cumplimiento y la expansión»

Desde 1990, las personas con discapacidad han:

  • Presentado decenas de miles de demandas para hacer cumplir los requisitos de la ADA y establecer precedentes
  • Organizado por la Ley de Enmiendas a la ADA (2008) después de que los tribunales interpretaran “discapacidad” de forma demasiado estrecha, excluyendo a muchas personas que enfrentaban discriminación
  • Luchado por el cumplimiento de Olmstead a través de campañas como la lucha de décadas de ADAPT para cerrar instituciones y ampliar los servicios en el hogar y la comunidad
  • Exigido accesibilidad web mediante litigios y defensa, estableciendo que la ADA se aplica a los sitios web y las plataformas digitales
  • Documentado vacíos en el cumplimiento y abogado por mejores recursos de las agencias federales y un cumplimiento proactivo
  • Conectado el cumplimiento de la ADA con movimientos de justicia más amplios, vinculando los derechos de las personas con discapacidad con la justicia racial, la justicia económica y la liberación de todas las personas marginadas

La organización actual liderada por personas con discapacidad en torno a la ADA incluye:

  • Campañas de accesibilidad web: Organizaciones como la National Federation of the Blind y los bufetes de derechos de las personas con discapacidad presentan demandas exigiendo que los sitios web y las aplicaciones sean accesibles, estableciendo que el Título III se aplica a los espacios digitales.

  • Defensa de Olmstead: ADAPT, las organizaciones estatales de derechos de las personas con discapacidad y las coaliciones nacionales continúan luchando por cerrar instituciones, ampliar los servicios basados en la comunidad y hacer cumplir la promesa de integración comunitaria de la decisión Olmstead.

  • Discriminación laboral: Las personas trabajadoras con discapacidad se organizan a través de sindicatos, centros de trabajadores y organizaciones de defensa para documentar las negaciones de adaptaciones, luchar contra las represalias y exigir un mejor cumplimiento del Título I.

  • Reforma de la justicia penal: Organizaciones como la National Disability Rights Network documentan el abuso de las personas con discapacidad en cárceles y prisiones, abogan por programas de desvío y luchan por el cumplimiento de la ADA en los entornos de la justicia penal.

  • Organización interseccional: Las personas con discapacidad racializadas, las personas LGBTQ+ con discapacidad, las personas inmigrantes con discapacidad y otras personas con discapacidad múltiplemente marginadas se organizan para abordar cómo se agrava la discriminación y para exigir protecciones que pongan en el centro a las personas más marginadas.


La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 prohíbe la discriminación por motivo de discapacidad por parte de cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal. La Sección 504 precede a la ADA y se aplica de forma más estrecha, pero ha sido fundamental para los derechos de las personas con discapacidad.

Las normas bajo la Sección 504 y la ADA son similares pero no idénticas. La Sección 504 cubre algunas entidades no cubiertas por la ADA (como programas que reciben fondos federales sin importar su tamaño), mientras que la ADA cubre algunas entidades no cubiertas por la Sección 504 (como negocios privados que no reciben fondos federales).

Para los programas cubiertos por ambas leyes, las personas con discapacidad pueden hacer valer derechos bajo una u otra, o ambas. La Sección 504 permite daños compensatorios en demandas, lo que el Título III de la ADA no permite, lo que hace de la Sección 504 una herramienta importante para el cumplimiento.

La Ley de Educación para Personas con Discapacidades (Individuals with Disabilities Education Act, IDEA) garantiza a los niños con discapacidad el derecho a una educación pública gratuita y apropiada (FAPE) en el entorno menos restrictivo. El Título II de la ADA también protege a los estudiantes con discapacidad en las escuelas públicas.

IDEA proporciona protecciones más específicas para los estudiantes de K-12, incluidos los Programas de Educación Individualizada (IEP), las salvaguardas procesales y los servicios. La ADA se aplica de forma más amplia a todas las edades y a todos los programas de los gobiernos estatales y locales, incluida la educación superior.

Los estudiantes y las familias a menudo usan ambas leyes, con IDEA proporcionando protecciones educativas detalladas y la ADA abordando la discriminación en todos los programas y actividades escolares.

La Ley de Vivienda Justa (Fair Housing Act, FHA) prohíbe la discriminación por discapacidad en la vivienda, incluidos el alquiler, las ventas y los préstamos hipotecarios. La FHA exige adaptaciones y modificaciones razonables en la vivienda, similares a los requisitos de la ADA.

La FHA y la ADA se superponen para algunos tipos de vivienda (como los refugios para personas sin hogar y la vivienda de transición, que pueden estar cubiertos por ambas), pero la FHA se aplica de forma más amplia a la vivienda privada, mientras que la ADA no exige a los propietarios privados hacer accesibles las unidades a menos que también operen lugares de acceso público.

Las personas con discapacidad que buscan vivienda a menudo usan ambas leyes, con la FHA proporcionando las protecciones principales de vivienda y la ADA cubriendo el acceso a los programas gubernamentales de vivienda, los servicios para personas sin hogar y las instalaciones residenciales que son lugares de acceso público.

Relación con las leyes estatales de derechos de las personas con discapacidad

Sección titulada «Relación con las leyes estatales de derechos de las personas con discapacidad»

Muchos estados tienen sus propias leyes de derechos de las personas con discapacidad que pueden proporcionar protecciones más fuertes que la ADA. Por ejemplo:

  • La Ley de Derechos Civiles Unruh de California permite indemnización económica por discriminación por parte de negocios, lo que el Título III de la ADA no permite
  • La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York cubre a los empleadores con cuatro o más empleados, en comparación con el umbral de la ADA de 15
  • La Ley contra la Discriminación de Washington incluye explícitamente la identidad de género como clase protegida (la ADA no lo hace)

Las personas con discapacidad pueden hacer valer derechos bajo la ley federal y estatal, y las personas defensoras estratégicas a menudo usan las leyes estatales donde proporcionan protecciones más fuertes o mejores remedios.


Organizaciones lideradas por personas con discapacidad

Sección titulada «Organizaciones lideradas por personas con discapacidad»

Organizaciones nacionales

  • ADAPT (American Disabled for Attendant Programs Today): Organización de base por los derechos de las personas con discapacidad que realiza acción directa y desobediencia civil por la justicia para las personas con discapacidad. ADAPT lideró la organización por la ADA y continúa luchando por la integración comunitaria y los derechos de las personas con discapacidad. adapt.org

  • Autistic Self Advocacy Network (ASAN): “Nada Sobre Nosotros Sin Nosotros” — dirigida por y para personas autistas, ASAN aboga por el cumplimiento de la ADA y por políticas que ponen en el centro la autonomía y la autodeterminación de las personas autistas. autisticadvocacy.org

  • Disability Rights Education & Defense Fund (DREDF): Centro nacional de derecho y políticas de derechos civiles dirigido por personas con discapacidad y padres de niños con discapacidad. DREDF proporciona defensa legal, capacitación y trabajo de políticas en torno a la ADA. dredf.org

  • National Council on Independent Living (NCIL): Asociación nacional de Centros de Vida Independiente (CIL), organizaciones controladas por y para personas con discapacidad. NCIL aboga por el cumplimiento de la ADA y la vida independiente. ncil.org

  • National Disability Rights Network (NDRN): Organización de membresía para los sistemas de Protección y Defensa (P&A) financiados federalmente en cada estado. Las agencias P&A proporcionan defensa legal para las personas con discapacidad. ndrn.org

  • National Federation of the Blind (NFB): La organización más grande de personas ciegas en EE. UU., dirigida por personas ciegas. NFB aboga por el cumplimiento de la ADA, en particular en torno al acceso a la tecnología y las plataformas digitales. nfb.org

  • National Association of the Deaf (NAD): La organización de derechos civiles más antigua de, por y para personas sordas y con dificultades auditivas en EE. UU. NAD aboga por el cumplimiento de la ADA, en particular en torno a la comunicación eficaz y las telecomunicaciones. nad.org

Organizaciones específicas de identidad

  • Black Disabled Lives Matter: Coalición que pone en el centro a las personas negras con discapacidad, sus familias y sus cómplices. Aboga por la justicia para las personas con discapacidad con la justicia racial en el centro.

  • Disability Justice Culture Club: Pone en el centro a las personas queer, trans y BIPOC con discapacidad. Proporciona comunidad, recursos y defensa arraigados en la justicia para las personas con discapacidad.

  • Sins Invalid: Proyecto de performance que pone en el centro a las personas racializadas con discapacidad y a las personas LGBTQ+ con discapacidad. Desarrolla y amplifica los marcos de justicia para las personas con discapacidad.

  • ADA.gov: El sitio web de la ADA del Departamento de Justicia de EE. UU. Incluye el texto completo de la ley, regulaciones, asistencia técnica y presentación de denuncias. ada.gov

  • Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC): Hace cumplir el Título I. Proporciona orientación, presenta denuncias y mediación. eeoc.gov

  • Job Accommodation Network (JAN): Servicio de consultoría gratuito que proporciona información sobre adaptaciones laborales y la ADA. Financiado por la Oficina de Política de Empleo para Personas con Discapacidad del Departamento de Trabajo de EE. UU. askjan.org

  • ADA National Network: Diez centros regionales que proporcionan información, orientación y capacitación sobre la ADA. adata.org o 1-800-949-4232

  • Centros legales de derechos de las personas con discapacidad: Cada estado tiene una agencia de Protección y Defensa (P&A) financiada federalmente que proporciona servicios legales gratuitos a las personas con discapacidad. Encuentra la P&A de tu estado en ndrn.org

  • Centros locales de Vida Independiente (CIL): Organizaciones basadas en la comunidad controladas por personas con discapacidad, que proporcionan defensa, apoyo entre pares (peer) y servicios de vida independiente. Encuentra tu CIL local en ncil.org



Esta página pone en el centro los conocimientos de las personas con discapacidad y se basa en la organización liderada por personas con discapacidad a nivel global. La ADA surgió del activismo de las personas con discapacidad y continúa siendo moldeada por la defensa, los litigios y la organización liderados por personas con discapacidad. Para preguntas o para sugerir agregados, consulta Cómo Contribuir.


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